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¿Cómo crear un nuevo empleado en el panel del facturador Taxo?
¿Cómo crear un nuevo empleado en el panel del facturador Taxo?

Este artículo te ayudará a dar de alta a un nuevo empleado para facilitar tu proceso al momento de crear un recibo de nómina.

Ángel Mendoza avatar
Escrito por Ángel Mendoza
Actualizado hace más de una semana

A continuación se explica el proceso para crear a un nuevo empleado:

  1. Dentro de tu facturador Taxo, dirígete a la opción de CatálogosEmpleados.


2. Dentro del catálogo de empleados presiona en el botón de + Nuevo como se muestra en la siguiente imagen.

3. A continuación se muestra el formulario para ingresar la información del empleado que darás de alta. Una vez que hayas ingresado toda la información requerida, presiona en el botón “Agregar“.

Descripción de campos

  • Tipo de empleado: dejar así si es asalariado, activar si es un empleado de salario por asimilados.

Datos generales

  • Grupo: Selecciona el grupo de empleado al que pertenecerá este empleado, si aún no las haz creado, puedes hacerlo en ese momento presionando en el signo de más.

  • Número de empleado: Se debe registrar el número interno que le asigna el empleador a cada uno de sus empleados, para su pronta identificación, puede conformarse desde 1 hasta 15 caracteres.

  • Registro patronal: Se puede incorporar el registro patronal, clave de ramo – pagaduría o la que le asigne la institución de seguridad social al patrón. Se debe ingresar cuando se cuente con él o se esté obligado conforme a otras disposiciones aplicables. Puede conformarse desde 1 hasta 20 caracteres.

  • Nombre(s): Agrega el nombre del empleado.

  • Apellido Paterno: Agrega el apellido paterno del empleado.

  • Apellido Materno: Agrega el apellido materno del empleado.

Datos para pago

  • Periodicidad de pago: Se debe registrar la periodicidad de pago en que se realiza el pago del salario al empleado o trabajador asimilado. Cuando el tipo de nómina sea ordinaria, la periodicidad de pago debe ser distinta a Otra Periodicidad, si el tipo de nómina es extraordinaria, se debe registrar Otra Periodicidad, se usa en casos como aguinaldos, finiquitos ó cualquier pago diferente al pago normal del salario.

  • Tipo jornada: Se puede registrar el tipo de jornada que cubre el trabajador durante el desempeño de las actividades encomendadas por su empleador.

  • Status Sindicalizado: Se debe registrar el valor “Sí”, únicamente cuando el trabajador este asociado a un sindicato dentro de la organización en la cual presta sus servicios.

  • Entidad federativa (donde se emite): Se debe registrar la clave de la entidad federativa en donde el trabajador prestó sus servicios al empleador.

  • Tipo contrato: Se debe registrar el tipo de contrato laboral que tiene el trabajador con su empleador, en virtud del cual el trabajador se compromete a prestar sus servicios a cambio de una remuneración.

  • Método de pago: Se debe registrar Pago en una sola exhibición (PUE).

  • Régimen de contratación: Se debe registrar el régimen por la cual el empleador tiene contratado al trabajador.

  • Riesgo del puesto: Se debe registrar la clase en que está inscrito el empleador, de acuerdo con las actividades que desempeñan sus trabajadores, según lo previsto en el artículo 196 del Reglamento en Materia de Afiliación Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, o conforme con la Normatividad del Instituto de Seguridad Social del trabajador.

  • Selecciona un banco: Se puede registrar el banco en donde el empleador realiza el depósito de la nómina al trabajador o asimilado a salarios.

  • Salario diario (integrado): Se debe registrar el importe del salario que se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, de conformidad con el Art. 84 de la Ley Federal del Trabajo. (Se utiliza para el cálculo de las indemnizaciones). Si se trata de relaciones laborales no sujetas a la Ley Federal del Trabajo, aquí se asentará el salario que sirva de base de cotización para el cálculo de indemnizaciones. Por excepción, este dato no aplica cuando el empleador realice el pago a contribuyentes asimilados a salarios, no se sitúe en los supuestos contemplados en los artículos 12 y 13 de la Ley del Seguro Social, o bien, no tenga la obligación de registrar este dato en términos de las disposiciones aplicables.

  • Pago por cuota diaria (efectivo): Se puede registrar el importe de la retribución otorgada al trabajador, que se integra por los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, sin considerar los conceptos que se excluyen de conformidad con el artículo 27 de la Ley del Seguro Social, o la integración de los pagos conforme la normatividad del Instituto de Seguridad Social del trabajador. (Se emplea para pagar las cuotas y aportaciones de Seguridad Social). Por excepción, este dato no aplica cuando el empleador realice el pago a contribuyentes asimilados a salarios, no se sitúe en los supuestos contemplados en los artículos 12 y 13 de la Ley del Seguro Social, o bien no tenga la obligación de registrar este dato en términos de las disposiciones aplicables.

  • Inicio de operación: Se debe registrar la fecha de inicio de labores.

  • CLABE: Se puede registrar la CLABE del banco receptor, no es un dato obligatorio pero si lo agregas el SAT valida el formato, si no es correcto te regresará error de la CLABE.

  • Puesto: Se debe registrar el nombre del puesto asignado al empleado o el nombre de
    la actividad que realiza.

  • Departamento: Se debe registrar el nombre del departamento o área a la que pertenece el trabajador a la que está asignado, es decir, en donde desarrolla sus funciones.

Datos personales

  • CURP: Se debe registrar la Clave del Registro Federal de Contribuyentes del empleado.

  • RFC: Se debe registrar la Clave Única de Registro de Población del empleado.

  • No. IMSS: Se debe registrar el número de seguro del empleado.

  • Calle: Se puede registrar la calle del domicilio del empleado.

  • No. Exterior: Se puede registrar el número exterior del domicilio del empleado.

  • No. Interior: Se puede registrar el número interior del domicilio del empleado.

  • Código Postal: Se debe registrar el código postal del domicilio del empleado.

  • Colonia: Se puede registrar la colonia del domicilio del empleado.

  • Estado: Se puede registrar el estado del domicilio del empleado.

  • Municipio: Se puede registrar el municipio del domicilio del empleado.

  • Localidad: Se puede registrar la localidad del domicilio del empleado.

  • Email: Se puede registrar el correo electrónico del empleado.

4. En caso de que el empleado sea de tipo Salario por asimilados, deberás activar esta opción, para deshabilitar los campos que no corresponden a su registro.

Si todo es correcto, el sistema mostrará un mensaje de confirmación indicando que el empleado fue agregado exitosamente. 🤓

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